Finaliza el acuerdo con la Columbia británica
En abril de 1935, los responsables de la Columbia en San Sebastián buscaron el asesoramiento legal de Don Eduardo Vega de Seoane y Echeverría en relación con el contrato con la Columbia de Londres. La Compañía informó que el contrato había llegado a su fin (1) y que estaban tratando de renovarlo, pero con pocas esperanzas debido a lo que consideraban «las excesivas exigencias de la sociedad inglesa». Según el acuerdo firmado en 1923, el contrato original había expirado el 17 de enero de 1933, cuando se cumplieron los diez años desde su firma. En este contrato, existía un derecho a la renovación en los mismos términos y condiciones por otros diez años si se enviaba una notificación por escrito a la Columbia de Londres seis meses antes de la expiración del contrato. Al parecer, esta notificación nunca se envió, lo que llevó a un intento de acuerdo nuevo que no tuvo éxito.
La sociedad donostiarra también consultó sobre la cláusula 33 del acuerdo con la compañía británica, que se refería al uso de su nombre comercial y marcas. El abogado afirmó con firmeza que todas las restricciones en el acuerdo no se aplicaban a las marcas y al nombre comercial adquiridos por la compañía española de Don Álvaro de Malibrán y Escassi, que eran de su propiedad exclusiva y se habían registrado a su nombre con sus propios recursos: “Aún cuando haya terminado el contrato con la sociedad inglesa, puede la española usar el nombre comercial y las marcas de su propiedad exclusiva adquiridas al Sr. Malibrán e inscritas a su nombre… con su peculio propio”.
Logo de Regal San Sebastián (1924)
En resumen, la Columbia donostiarra tenía el derecho de utilizar el nombre y las marcas de su propiedad debido a su adquisición de Don Álvaro de Malibrán y al registro de estas en el registro correspondiente a su nombre.
El 27 de septiembre de 1935, el Sr. Alejandro Burbano, actuando como apoderado de la “Columbia Graphophone Company Ltd.” de Londres, envió una solicitud a los liquidadores de la sociedad “Columbia Graphophone Company, S.A.E.”, los Sres. Gregorio González de Suso, Francisco Ordinas y Fermín Vega de Seoane, para que dieran explicaciones sobre la subasta notarial de las matrices de los discos de la sociedad, pues sospechaban que podían incluir las pertenecientes a la sociedad londinense.
Logo Regal San Sebastián (1930)
En la solicitud, se exigió la entrega de las matrices y se prohibió el uso de aquellas producidas a partir de los moldes facilitados por ellos. También se extendió la prohibición al uso del nombre que constituía la razón social de la compañía «Columbia Graphophone Company» y de una serie de marcas, incluyendo Regal. Para terminar, se les reclaman una serie de facturas.
El 16 de junio de 1935, se llevó a cabo una Junta General Extraordinaria en la que se acordó la disolución de la sociedad. La junta nombró a Gregorio González de Suso, Francisco Ordinas (socio de Antonio Inurrieta en los negocios de hielo) y Fermín Vega de Seoane como liquidadores. Este acuerdo de disolución se registró en octubre de 1935, año en el cual los Inurrieta se vieron envueltos en una controversia que fue cubierta por el periódico El Día (2) de San Sebastián después de una denuncia relacionada con una serie de irregularidades detectadas tras la realización del ensanche del Antiguo. Estas irregularidades estaban relacionadas con el consumo de agua en la fábrica de hielo de Antonio, que también afectó a la fábrica de discos de Juan. La denuncia contra Antonio Inurrieta, que en ese momento era gestor municipal, se centraba en un fraude por el uso de agua potable de las tuberías municipales para abastecer tanto su fábrica de hielo como la de discos, en la que también tenía una gran cantidad de acciones.
(1) A pesar de esto, la sociedad donostiarra continúa publicando suplementos mensuales de Regal por lo menos hasta mayo de 1935.
(2) El caso ocupa varios de los números publicados en 1935, si bien se destacan los que hacen referencia expresa a la fábrica de discos: 6 de octubre y 10 de diciembre de 1935.